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Otra vez: contingencia ambiental en Valle de México; es la tercera en mayo

Redacción

 

Ciudad de México, 13 de mayo de 2024.- La Comisión Ambiental de la Megalópolis determinó activar la fase 1 de contingencia ambiental por ozono, luego de que alrededor de las 15 horas de este lunes, se registraron concentraciones máximas de ozono de 156 ppb en la estación de monitoreo UAM Iztapalapa (UIZ), ubicada en la Alcaldía de Iztapalapa, Ciudad de México.

 

En lo que va del año, ya suman siete activaciones por contingencia atmosférica en la Zona Metropolitana del Valle de México; en lo que va del mes de mayo, suman tres contingencias por la mala calidad del aire en lo que corresponde a la Ciudad de México y la zona conurbada de la entidad mexiquense.

 

En la víspera, la mañana de este lunes, la Secretaría del Medio Ambiente del Estado de México, determinó también activar una contingencia ambiental en la

 

Para este martes 14 de mayo, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas, los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado rosa, terminación de placa 7 y 8.

 

Además de los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2; y los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 0, 2, 4, 6, 7 y 8.

 

Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.

 

La activación de la fase 1 de esta contingencia ambiental tiene como objeto disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud; así como para reducir la generación de contaminantes y la probabilidad de volver a alcanzar altas concentraciones de ozono el día de mañana.

 

Se recomienda evitar hacer actividades cívicas, culturales y de recreo, así como evitar hacer ejercicio al aire libre entre las 13:00 y 19:00 horas; suspender cualquier actividad al aire libre, organizada por instituciones públicas o privadas, en horario comprendido entre las 13:00 y las 19:00 horas; así como posponer los eventos al aire libre, deportivos, culturales o espectáculos masivos, programados entre las 13:00 y las 19:00 horas.

 


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