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Juez federal ordena registro inmediato a Laura por rectoría de UAEMex

Francisco Ledesma

 

Toluca, Edomex; 20 de marzo de 2025.- El juez noveno en materia civil, laboral y administrativa otorgó la suspensión definitiva del amparo indirecto a favor de Laura Benhumea González, mediante el cual se da por cumplimentada la documentación de las bases de la convocatoria, y actúe en consecuencia, es decir, al no haber impedimento legal se otorgue el registro inmediato en el proceso de elección por la rectoría de la Universidad Autónoma del Estado de México para el periodo 2025 – 2029.

 

Al cerrar la audiencia incidental, el juzgador federal resolvió otorgarle la suspensión definitiva del amparo indirecto a Laura Benhumea con efectos restitutorios, es decir, en este caso será necesario concederle su constancia de registro, y en lo inmediato, permitirle incorporarse a las jornadas de promoción en los diversos espacios académicos, tal y como lo han desarrollado las demás aspirantes a la rectoría de la UAEMex.

 

 

A través de sus redes sociales, la exdirectora de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, Laura Benhumea exigió a la Comisión Especial Electoral le sea otorgada la constancia que la acredita como aspirante a la rectoría de la UAEMex; además pidió las medidas necesarias para aparecer en el mismo número de espacios académicos y de medios de comunicación, en el que estuvieron y estarán las aspirantes.

Recalcó que la autoridad universitaria tiene límites, y los servidores públicos están obligados a rendir cuentas a la sociedad y a los poderes constitutivos.

 

“A los directores que forman parte de la comisión, les comento que conozco porque fui directora, que muchas veces somos sometidos a presiones. Al rector y al secretario técnico de la Comisión (Especial Electoral) que actuaron por convicción, y conscientes de las consecuencias de sus decisiones, esta resolución judicial juzga su responsabilidad y los expone a la comunidad universitaria”, enfatizó.

 

En la resolución judicial, de manera expresa se detalla “los efectos de esta determinación suspensional tienen vigencia inmediata desde su emisión, y hasta en tanto se resuelva el juicio en lo principal con sentencia ejecutoria, sin que se admita demora en su cumplimiento, y evitar que se sigan causando perjuicios irreparables”, estableció.

 

“La Constitución otorga autonomía a las Universidades, la autonomía universitaria se entiende con plenitud dentro de nuestro estado de derecho, por ello, se equivocan quienes confunden autonomía universitaria con secesismo del estado constitucional. La autonomía universitaria no es una licencia para violentar el ascenso laboral, la igualdad de oportunidades, la participación académica, política y electoral”, subrayó Benhumea González.

 

En caso de que la Comisión Especial Electoral reincidiera en una omisión a la resolución judicial, podría incurrir en desacato, lo que tendría consecuencias administrativas como ser destituidos de su encargo y en donde se incluyen varios directores de espacios académicos; además de configurarse la comisión de delitos penales, que tendrían otro tipo de consecuencias a quienes se resistan a dar cumplimiento a la orden judicial.