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Estos son los requisitos para priístas que buscan ser candidatos a alcaldes y diputados locales

Francisco Ledesma

 

Toluca, Edomex; 6 de abril de 2024.- Una vez que se ha revelado la convocatoria del PRI en el Estado de México para la postulación de candidatos a alcaldes, diputados locales, síndicos y regidores, se han logrado conocer los requisitos de quienes pretendan realizar su inscripción al proceso interno programado para el domingo 14 de abril; cuya aprobación y designación será inmediata, pues el viernes 19 de abril, deberán ser registrados ante las autoridades electorales.

 

En una parte sustantiva de la convocatoria, el priísmo mexiquense abre la puerta para que simpatizantes NO militantes puedan ser postulados a los distintos cargos de elección popular. En este caso en particular, los aspirantes a la candidatura deberán manifestar personalmente y por escrito con firma autógrafa, su intención de participar en el proceso interno ante el titular de la Comisión Política Permanente del Consejo Político Estatal, a más tardar el 9 de abril.

 

Para los efectos de los militantes priístas, se enumeran las constancias y formatos que acreditan su afiliación al partido, el cumplimiento con la aportación de cuotas, así como documentos relacionados con la residencia efectiva en el municipio o distrito que corresponda; el documento que avala los conocimientos básicos de los estatutos del partido; y otros certificados como el de no antecedentes penales, y el de no ser deudor alimentario.

 

Quienes desempeñen un puesto de dirigencia partidista, o bien un cargo de elección popular se requiere hayan solicitado licencia al cargo, y mantenerse en esta condición al menos hasta que concluya el proceso interno; es decir, entre el domingo 14 y el jueves 19 de abril. Sin embargo, este requerimiento NO aplica para las personas aspirantes a la elección consecutiva.

 

En un escenario fundamental, quienes aspiran a la elección consecutiva tanto de presidentes municipales como de diputados locales, se solicita copia simple de la constancia de la candidatura otorgada en el proceso electoral de 2021; en caso de haber sido electos por un partido diferente al PRI, habrán de acreditar la renuncia o pérdida de la militancia en otro partido, antes de la mitad del mandato para el que fueron electos.

 

Dentro de la convocatoria, uno de los candados establecidos durante los últimos veinte años para garantizar que haya candidaturas únicas y evitar procesos internos entre varios aspirantes, se contempla que los aspirantes deberán contar con el apoyo de tres entre los sectores del partido: agrario, obrero y popular; y las organizaciones nacionales como el Movimiento Territorial, la Organización Nacional de Mujeres Priístas, la Red Jóvenes x México, y la asociación nacional Unidad Revolucionaria; o bien, el 25 por ciento del total de los consejeros políticos nacionales que residan en el municipio o distrito del que se trate; o el 10 por ciento de las personas afiliadas inscritas en el PRI con residencia en el municipio o distrito del que se trate.

 

Un nuevo elemento a considerar para las elecciones de este 2024 son las denominadas acciones afirmativas, que se refiere a las candidaturas destinadas a grupos vulnerables entre quienes se incluye indígenas, afromexicanos, personas con discapacidad, de la diversidad sexual y mexicanos residentes en el extranjero.

 

En el caso de indígenas, se deberá acreditar mediante una carta de autodescripción indígenas; y una constancia de adscripción indígenas por parte de la asamblea comunitaria, autoridades comunales o tradicionales, o autoridades auxiliares administrativas.

 

Para los aspirantes afromexiquenses, se deberá realizar una declaratoria bajo protesta de decir verdad, donde se manifiesten que son parte de la comunidad afromexiquense.

 

Asimismo, para las personas con discapacidad deberá acreditarse mediante un certificado médico expedido por una institución de salud pública, emitido preferentemente por un médico especialista en la discapacidad, que acredite el tipo de discapacidad y que la misma sea de carácter permanente.

 

De quienes sean parte de la comunidad de la diversidad sexual, se solicita declaratoria bajo protesta de decir verdad, donde manifiesten que son parte de la comunidad LGBTTTIQ+, señalando el género con el cual se identifica.

 

También se podrá presentar acta de matrimonio de cualquier entidad federativa; o credencial para votar con reconocimiento a las personas no binarias “X”; o acta de nacimiento con cambio de sexo; o declaración judicial de concubinato; o carta expedida por una asociación civil o colectivo en que se acredite de su trabajo en favor de la comunidad y la defensa de sus intereses.

 

La recepción de las solicitudes y los documentos de los militantes aspirantes a la precandidatura a Diputaciones Locales y Presidencias Municipales, se realizará el 14 de abril de este año de las 10:00 a las 13:00 horas, en la sede oficial del órgano auxiliar.  

 

Para el caso de precandidaturas a las Sindicaturas y Regidurías se efectuará el 14 de abril de las 13:00 a las 18:00 horas y el 15 de abril de las 10:00 a las 18:00 horas, en la sede oficial del órgano auxiliar que se encargará de emitir los dictámenes dentro del periodo comprendido del 15 al 16 de abril del año en curso.

 

 

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