Francisco Ledesma
Toluca, Edomex; 10 de
abril de 2025.- La Universidad Autónoma del Estado de México (UAEMex) determinó
clasificar como reservada la información relacionada con los expedientes y
documentos entregados por los y las aspirantes a la rectoría, así como las
constancias de negación de registro y las constancias que acreditaron la
inscripción inicial de cinco aspirantes, toda vez que, argumentó, se trata de información
que forma parte de un proceso deliberativo en trámite.
A través de una
solicitud de acceso a la información realizada por Plana Mayor,
se solicitó “copia de los expedientes y documentos que hayan entregados por
todos y todas las aspirantes ante la Comisión Especial Electoral del Consejo
Universitario que hayan solicitado su registro al proceso de elección de rector
o rectora de la Universidad Autónoma del Estado de México para el periodo 2025 –
2029; así como los documentos en los que se acredite el otorgamiento del
registro que resultaron procedentes, y documento donde se acredite la negativa
para otorgar el registro a la y los aspirantes cuyas solicitudes resultaron
improcedentes”.
La reserva de la
información, descrita en el acuerdo UAEM/CI/CIR/004/2025, se establece a partir
del 6 de marzo -fecha de registros de las y los aspirantes a la rectoría de la
UAEMex- y hasta el 15 de mayo, cuando haya concluido el proceso de elección de
rectora de la institución, o hasta en tanto no se emita una determinación o
resolución que concluya al proceso de elección.
En su motivación y
fundamentación, el Comité de Transparencia de la UAEMex, establece que la
información solicitada está relacionada con un proceso universitario de elección
de rector o rectora, el cual se encuentra en trámite, por lo que aún no se ha
determinado la decisión final, puesto que los aspirantes que no obtuvieron
constancia de registro determinaron impugnar en un primer momento dicha
decisión a través del proceso establecido, y ante la decisión definitiva de la
Comisión Especial Electoral, se encuentran en la fase en la que pueden acudir
ante otras instancias jurisdiccionales en su defensa.
La información
solicitada, añade la institución educativa, contiene determinaciones que han
sido emitidas por las autoridades universitarias en el marco de un proceso de
elección que se encuentra en trámite y que aún no concluye, hasta en tanto no
se obtenga una resolución que ponga fin a la elección, y que entonces genere la
oportunidad de que la documentación que la integra puede ser pública, dados los
casos de inconformidad manifiesta de quienes no obtuvieron constancias de
registro y pueden acudir a otros medios de defensa jurisdiccional.
La UAEMex reconoce que,
la información relacionada con la emisión de documentación por parte de la
Comisión Especial Electoral de la UAEMex, es información de interés público,
pero sobre todo, de interés para la comunidad universitaria.
Sin embargo, insiste
que, con la publicación de la documentación solicitada, se vulnera de forma
irreversible la libertad que tiene el aspirante a impugnar o no, la negativa de
registro, puesto que al hacerlo público, terceras personas podrían opinar sobre
el contenido de la documentación y presionar la toma de una decisión que
compete solamente al aspirante.
Además, ante la
posibilidad de que el aspirante haya decidido impugnar, agrega, también
compromete la libertad del ente jurisdiccional encargado de pronunciarse al
respecto de manera libre e independiente, puesto que influirían en él opiniones
ajenas al procedimiento.
Sobre los expedientes y
documentos, así como las constancias de procedencia, otorgadas inicialmente por
la Comisión Especial Electoral, no se manifiesta de forma expresa al respecto,
pero también dicha documentación se determinó clasificar como reservada hasta
que concluya el proceso de elección de la rectora de la UAEMex programado para
el 14 de mayo.