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Comunidad indígena de Tenancingo declara su autonomía ante indiferencia gubernamental

Redacción

Tenancingo, Edomex, a 15 de marzo del 2017. – Ante la desatención de sus autoridades y las malas condiciones socioeconómicas y culturales que padecen los pueblos indígenas en el Estado de México, la comunidad Náhuatl de Santa Ana Ixtlahuatzingo, ubicada en el municipio de Tenancingo declaró su independencia administrativa de acuerdo con lo establecido en la constitución mexicana.

La carta magna reconoce la autonomía y la libre determinación de los pueblos indígenas en el Artículo 115, por lo que están facultados para determinar su organización social, política y cultural sin la necesidad de sujetarse administrativamente a las autoridades municipales.

La autonomía de esta comunidad es exigida debido a las condiciones de desempleo, falta de oportunidades de crecimiento y la omisión de los gobiernos para atender los problemas prioritarios, entre los que se encuentran Maltrato, violencia y narcotráfico, pero principalmente la desigualdad entre las condiciones que se presentan en entornos urbanos y las comunidades indígenas.

Asimismo con base en el Artículo 27, fracción VII de la Constitución Mexicana se establece a los pueblos y comunidades indígenas como beneficiarios preferentes en la explotación de los recursos naturales y poseedores legítimos de sus tierras.

“El despojo, el abuso, la desatención y la realidad que hoy viven los Pueblos Indígenas de México, en particular el pueblo náhuatl de la ex hacienda de Santa Ana, en el Estado de México, ha obligado la redacción de este documento, que contiene el resumen de los derechos que tiene por ser población de origen indígena.

“Su elaboración muestra el interés de que juntos logremos el respeto y el reconocimiento de nuestro derecho ante el acoso de las autoridades criollas del Municipio de Tenancingo, y de quienes son responsables de los diversos niveles del gobierno colonizador, ahora con vestimenta republicana.”, señala el documento emitido por esta comunidad.

Los derechos que otorga la carta magna a los pueblos indígenas, los sujeta también a una serie de obligaciones para el respeto a su autonomía, como es el respeto a los derechos humanos, el respeto a la integridad y dignidad de las mujeres, la preservación de su lengua materna, así como de sus tradiciones y costumbres y la elección pacifica de sus representantes para su gobierno interno.

De igual forma los tres ámbitos de gobierno deberán respetar la forma de autogobierno de esta comunidad, por lo que se verán obligados a apoyar las decisiones comunitarias, así como el aval de la comunidad para la implementación de programas sociales y de desarrollo en cuestión de infraestructura.

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