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EDITORIAL (21-03-2016)

En la semana recién concluida, la Legislatura del Estado de México aprobó la Ley que regula el uso de la fuerza pública frente a manifestaciones sociales, cuyo ordenamiento deriva de una resolución establecida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como condición indispensable para evitar que lo ocurrido en San Salvador Atenco en 2006 se repitiera, sin embargo, sólo se han profundizado las inquietudes ante eventuales violaciones a los derechos humanos.

Hace casi diez años, durante el mandato del gobernador Enrique Peña Nieto, policías estatales irrumpieron en San Salvador Atenco tras una protesta social, en cuyo operativo se acreditó un uso excesivo de la fuerza y la violación sistemática de derechos humanos, situación que exhibió la falta de protocolos de actuación por parte de las corporaciones de seguridad pública para disuadir manifestaciones con irrestricto respeto al estado de derecho.

Más preocupante aún, en el precedente de la actuación policíaca resultó imposible determinar la responsabilidad de la toma de decisiones de quien ordenó dicho operativo, en cuya cadena de mando pudieron estar involucrados el entonces comisionado de la agencia de seguridad estatal, Wilfrido Robledo; el secretario general de gobierno, Humberto Benítez Treviño; o incluso el gobernador y hoy presidente de México, Enrique Peña Nieto.

leyatenco_edomex_planamayor3Tras la detención arbitraria de más de 200 individuos, la cual en su mayoría no ocurrió siquiera en flagrancia o con órdenes de aprehensión, y bajo el mero argumento de restablecer el orden social, las personas acusaron una captura ilegal, que les dejó lesiones graves, y en los casos de algunas mujeres, se acreditaron incluso vejaciones sexuales cometidas por elementos policíacos.

La Ley que busca regular el uso de la fuerza pública en el Estado de México ha quedado muy lejos de establecer protocolos de actuación que privilegien la libre manifestación de grupos sociales. En esencia, lo que se parece priorizar es criminalizar la protesta social, al arrojar en la discrecionalidad de los mandos policíacos la posibilidad de reprimir mediante el uso de la fuerza pública cualquier manifestación que pueda interpretarse como ilegal.

Más allá de regular la actuación de los cuerpos de seguridad, la denominada “Ley Atenco” se perfila como la justificación legal para criminalizar a la disidencia social, y el ordenamiento que posibilitará ejecutar presos políticos, identificados como aquellas personas encarceladas por una condición ideológica.

Por ahora, resulta omiso que la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México se haya mantenido al margen de los cuestionamientos de una ley que abre la puerta a una sistemática actuación policíaca para reprimir la libre manifestación de grupos sociales, que por lo general ven en la protesta la única forma de expresar o fijar posturas frente a determinadas injusticias.

Como corolario, todo apunta a que los legisladores simplemente cumplieron con una ley incompleta que ahonda sobre la falta de protocolos en operativos de seguridad pública. La ley abunda acerca de la gradualidad en el uso de la fuerza pública, hasta incluso contemplar el uso de armas para disuadir alguna protesta social, por encima de priorizar el goce de libertades, incluida la manifestación social; así como el respeto pleno a los derechos humanos.

En suma, la ley establece necesaria la preservación de las instituciones y sus privilegios, por encima de los intereses sociales y los derechos humanos.

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